
Seguros de Vida en Covid-19
Lamentablemente estamos viviendo una época desastrosa y con muchas pérdidas de familiares queridos a causa de esta grave pandemia mundial. A esta situación se le añade el drama ecnómico a consecuencia del parón laboral obligado por el confinamiento y la emergencia sanitaria provocada por el covid-19. Muchas personas desconocen que dependiendo del Ministerio de Justicia, está a disposición un registro de contratos que ofrecen cobertura por fallecimiento, al que pueden acceder familiares de los fallecidos para obtener información acerca de si el finado tenía o no concertado algún seguro de vida.
Ese desconocimiento propicia que muchas pólizas de seguros se queden sin cobrar engrosando las arcas de las aseguradoras. Se trata de pólizas vinculadas a la contratación de productos bancarios para garantizar el cobro de las hipotecas, préstamos y tarjetas.
Es harto censurable que los bancos, tras haber obligado a los clientes a contratar un seguro de vida para concederles la hipoteca o un préstamo personal, producido el fallecimiento del prestatario, orillen esa cobertura, sin informar a los beneficiario. Como quiera que la entidad bancaria no es la beneficiaria tampoco hace la reclamación y opta por reclamar a los sucesores o herederos del cliente fallecido. Así, el interesado puede dirigirse por internet a su página web a fin de que dicho registro emita una certificación en la que se precisan los seguros pudiéndose reclamar a las aseguradoras con las que se contrataron las pólizas la indemnización pertinente en favor del beneficiario.
En esta difícil y dura encrucijada es necesaria más que nunca la transparencia y la información a los consumidores y usuarios para que puedan afrontar las secuelas económicas de la pandemia.
Fuente: el periódico