La Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, y con su reciente aparición en las Órdenes Ministeriales como la 12356 Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre y Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio establecen los plazos de adaptación a la propia Ley y en sus Anexos la categorización de las actividades industriales bajo el efecto de la Ley 26/2007. A estas alturas todas las categorías industriales tienen marcados los plazos de adaptación a la Ley y desde esta Correduría le podemos asesorar en materia de la Declaración Responsable que su empresa está obligada a presentar frente a la Administración.
Nuestra correduría puede ofrecerle una metodología puntera y extremadamente innovadora, que les puede salvar tiempo y dinero en la gestión de su Dpto. de Medioambiente evitando modelos como MORA, MIRAT y ESGRA, que resultan interminables sin el asesoramiento adecuado, y ayudarle a gestionar de una manera más eficaz y rápida mediante soluciones a medida y un análisis de Riesgos escrupuloso y contrastado para cumplir la Ley arriba indicada referente a las obligaciones de las empresas con el Medioambiente.
Se realizará un Análisis de Riesgos Ambientales de acuerdo con la norma UNE 150008:2008 que incluye:
a) Identificación de los riesgos de las actividades empresariales.
b) Caracterización de sustancias, productos y almacenamientos de la empresa.
c) Calculo de los niveles de riesgo y de control para cada uno de los riesgos identificados.
d) Calculo del riesgo total presente en las instalaciones.
e) Análisis e identificación del entorno y sus características.
f) Monetización del daño medioambiental que la empresa podría producir.
g) Establecimiento de la garantía financiera necesaria
h) Asesoramiento y seguimiento de los trámites para su comunicación a la administración si es necesario.
Podemos calcular siguientes importes:
- M.E. Valor Máximo Expuesto
- M.P. Pérdida Máxima Posible
- M.P. Siniestro Máximo Probable